El Tribunal de Briviesca ha dado la razón a la Iglesia y también condena en costas a las exmonjas, que deberán asumir los gastos legales
La oficina del Comisario Pontificio para los Monasterios de Belorado, Orduña y Derio ha dado a conocer la sentencia, del 31 de julio, en la que el Tribunal de Instancia de Briviesca ha fallado a favor del Comisario Pontificio en el litigio por la propiedad del Monasterio de Belorado, ordenando el desalojo de las exreligiosas que ocupaban el inmueble.
«La sentencia condena a las exmonjas a desalojar el inmueble y ponerlo a disposición del Monasterio cuyo Superior Mayor es el Comisario Pontificio, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hicieren»
De este modo ayer se comunicó a las partes implicadas la sentencia, que estima completamente la demanda de desahucio presentada en septiembre de 2024 por el representante legal del Monasterio. El juez ha ordenado a las ocupantes que abandonen el edificio, advirtiendo que se procederá al desalojo forzoso si no lo hacen voluntariamente.
Siguiendo con el fondo de la cuestión, la sentencia de desahucio afirma que «el llamado capítulo conventual del 18 de mayo de 2024 que acuerda por unanimidad la transformación de la entidad religiosa de origen en asociación civil y solicitar su inscripción por transformación en el Registro Nacional de Asociaciones, no lo es tal sino, en el ámbito puramente civil, una reunión de personas físicas que carece de potestad, legitimación y presentación para convocar y reunirse como tal capítulo conventual. En consecuencia, carece de posibilidad para acordar su transformación». Y continúa afirmando que se trata de «un acuerdo que conforme a los fundamentos de Derecho expuestos son nulos y no puede servir de justo título para justificar el derecho a seguir ocupando el Monasterio». Así mismo, la sentencia de desahucio defiende que «la libertad religiosa sólo se reconoce respecto de las personas físicas y no respecto de las personas jurídicas.
La sentencia
Las exreligiosas no han podido demostrar ningún título legal que justifique su permanencia en el inmueble
El Comisario Pontificio presentó documentación oficial del Registro de la Propiedad que confirma la titularidad del Monasterio
La reunión que celebraron las exreligiosas en mayo de 2024, donde acordaron transformar la entidad religiosa en una asociación civil, carece de validez legal
Antecedentes del conflicto
El caso, jurídicamente, tiene su origen en una escisión dentro de la comunidad religiosa. Las monjas de mayor edad que permanecieron fieles a la Iglesia son consideradas por el tribunal como la legítima comunidad monástica, mientras que las exreligiosas que intentaron crear nuevas asociaciones civiles para quedarse con los inmuebles han sido desautorizadas.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya había rechazado previamente la inscripción de estas nuevas asociaciones creadas por las exmonjas.
Además de abandonar el Monasterio, las exreligiosas deberán hacerse cargo de las costas del proceso judicial.